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Áreas de práctica

Inmigración familiar: traer a su cónyuge, padre o hijo a Estados Unidos

Peticiones para cónyuges, padres, hijos y hermanos, presentadas desde Estados Unidos o a través de un consulado en el exterior.

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Respuesta corta

Los ciudadanos estadounidenses pueden pedir a su cónyuge, padre, hijo o hermano; los residentes permanentes pueden pedir a su cónyuge y a sus hijos solteros. Los cónyuges, padres e hijos menores de ciudadanos tienen visas disponibles de inmediato, así que esos casos suelen terminar en 12 a 20 meses. Las demás categorías esperan en una fila que hoy se mide en años.

Reúna a su familia en Estados Unidos con peticiones familiares presentadas correctamente desde la primera vez.

Procesamiento consular

La inmigración basada en la familia es la base principal para la inmigración legal a los Estados Unidos. La mayoría de los residentes permanentes legales obtuvieron su green card a través de un cónyuge u otro familiar. Los ciudadanos estadounidenses y los Residentes Permanentes Legales pueden pedir a sus familiares en los EE. UU. o en el extranjero para una visa de inmigrante y una green card. A los ciudadanos estadounidenses se les permite pedir a sus padres, cónyuges, hijos y hermanos. Los residentes permanentes legales pueden pedir a sus cónyuges e hijos solteros.

Dado que existen tantas formas diferentes de solicitar, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, o simplemente "inmigración" como los conocen los inmigrantes) proporciona ciertos tiempos de procesamiento que varían según la categoría de preferencia.

Dé el primer paso

Usted está aquí por una razón: su familia es importante para usted.

Usted desea ayudarlos a convertirse en residentes permanentes.

Parece que la ley cambia todos los días; usted no está seguro de cómo manejar esto por su cuenta.

Con tanto en juego, adivinar no es la manera de encontrar la mejor solución.

Sus esfuerzos para traer o mantener unidos a su familia y seres queridos pueden verse truncados antes de que realmente comiencen. Los errores en la presentación, los percances y los pasos en falso en las peticiones de familiares inmigrantes pueden generar largas demoras, mayores costos o algo peor. ¿Qué pasa si esto conduce a una denegación?

Naturalmente, a usted le preocupan las posibles consecuencias.

Usted tiene miedo de cometer errores que puedan perjudicar a sus familiares o seres queridos.

Tomar decisiones de inmigración que impacten a su familia basándose en el miedo es lo peor que puede hacer.

Ahí es donde entra nuestra experiencia en el manejo de peticiones de inmigración basadas en la familia. Nuestra firma es plenamente consciente de que cada caso es la vida de alguien. Somos una oficina de inmigrantes y, debido a que hemos estado en su lugar, tratamos a cada cliente y su caso como si fueran parte de nuestra familia.

Podemos ayudarle a determinar a qué familiares puede ayudar y a cuáles no puede ayudar.

Existen dos categorías de peticionarios de visas familiares. Algunos patrocinadores son ciudadanos estadounidenses. Otros son residentes permanentes legales.

UN CIUDADANO ESTADOUNIDENSE PUEDE "ABRIR LA PUERTA", O SOLICITAR, PARA CUATRO TIPOS DIFERENTES DE FAMILIARES:

  • Cónyuge;
  • Hijos;
  • Padres;
  • Hermanos/Hermanas.

Por otro lado, un residente legal solo puede ayudar a dos grupos diferentes de familiares:

  • Cónyuge;
  • Hijos solteros.

Es importante destacar que los familiares que usted puede patrocinar para obtener la green card influyen en qué solicitudes debe presentar y qué tan rápido avanzarán sus solicitudes a través del proceso de inmigración.

¿Quién califica?

  • Usted es ciudadano estadounidense o residente permanente legal

    Los ciudadanos pueden solicitar a más categorías de parientes que los titulares de una green card.

  • Usted puede demostrar la relación

    Certificado de matrimonio, certificado de nacimiento o decreto de adopción, además de evidencia de que el matrimonio es genuino si se trata de un caso conyugal.

  • Su familiar es admisible, o hay un perdón disponible

    Las permanencias no autorizadas previas, las órdenes de deportación y ciertos antecedentes penales pueden ser perdonados, pero el perdón debe planificarse antes de la presentación.

  • Usted puede apoyar económicamente a su familiar

    El peticionario firma una declaración jurada de apoyo económico al 125% de la guía de pobreza, o encuentra a un copatrocinador que pueda hacerlo.

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Cuatro preguntas. Nada de lo que responda se almacena ni se nos envía.

  • ¿Es el pariente peticionario ciudadano de los EE. UU. o titular de una green card?
  • ¿Es el parentesco de cónyuge, padre, hijo o hermano?
  • ¿Tiene documentos que demuestren la relación?
  • ¿Puede el peticionario (o un copatrocinador) demostrar ingresos superiores al umbral de apoyo?

¿Cómo es el proceso?

  1. Presentar la petición I-130

    Presentación dentro de las 2 semanas posteriores a la contratación

    Reunimos la evidencia de la relación y presentamos la petición que establece el vínculo familiar.

  2. Esperar a que una visa esté disponible

    0 meses a varios años

    Los familiares inmediatos de ciudadanos se saltan esta espera. Todos los demás esperan a su fecha de prioridad.

  3. Ajuste de estatus o proceso en el consulado

    8 a 14 meses

    Dentro de EE. UU., presentamos el formulario I-485 con autorización de empleo y viaje. En el extranjero, el caso se traslada al National Visa Center.

  4. Entrevista y decisión

    1 a 3 meses después de la programación

    Lo preparamos pregunta por pregunta y, donde se permita, comparecemos con usted.

¿Cuánto tiempo toma?

El cónyuge de un ciudadano estadounidense que ajusta su estatus dentro del país suele tardar de 12 a 20 meses desde la presentación hasta la green card. Los casos consulares tardan de 14 a 24 meses. Las categorías de preferencia, hermanos, hijos adultos y familiares de titulares de green card, dependen del boletín de visas mensual y pueden tardar varios años.

¿Cuál es el costo?

Tarifa fija por la petición y el paquete de ajuste.

Los casos familiares sencillos se cotizan como una tarifa legal fija antes de que usted nos contrate, aparte de las tarifas de presentación del gobierno. Los casos que involucran permanencias vencidas, órdenes de deportación o antecedentes penales se cotizan individualmente porque un perdón añade trabajo real.

Las tarifas de presentación del gobierno son establecidas por USCIS y no forman parte de nuestra tarifa.

Preguntas frecuentes

Para el cónyuge de un ciudadano estadounidense que ya se encuentra en Estados Unidos, la mayoría de los casos finalizan en 12 a 20 meses. Los casos consulares tardan de 14 a 24 meses.

Contacto

Cuéntenos sobre su caso

Envíenos la información básica y le responderemos en un día hábil en inglés, español o portugués.

  • Respondemos en un día hábil, en español, inglés o portugués.
  • Consultas por teléfono, Zoom o WhatsApp.
  • La participación de un abogado forma parte de nuestro proceso de evaluación de su caso desde el inicio. La información que comparte es cuidadosamente revisada con un abogado.

El envío de este formulario no establece una relación entre abogado y cliente. Llámenos: 954.667.3660

Dé el siguiente paso hoy

Ya sea una visa, una green card o una defensa contra la deportación, estamos listos para ayudarle.

Comuníquese con nuestros abogados de inmigración en Coral Springs y el sur de la Florida.

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