
Visa F-1
¿Qué significa la “duración del estatus” para estudiantes internacionales y visitantes de intercambio?
Por Andressa Meerbott4 min de lectura
Los estudiantes internacionales y participantes de programas de intercambio suelen encontrar fechas distintas en sus documentos migratorios. La visa puede tener una fecha de vencimiento, mientras que el Formulario I-20 o el DS-2019 muestra otra. El Formulario I-94 electrónico puede no incluir una fecha y, en su lugar, indicar “D/S”. Comprender cómo se relacionan estos documentos es fundamental, porque la fecha de vencimiento de la visa no necesariamente determina cuánto tiempo una persona puede permanecer en Estados Unidos.
Para muchas personas en las categorías F y J, la admisión por “duración del estatus” permite completar el programa académico o la actividad de intercambio autorizada sin solicitar un nuevo período de estadía cada vez que cambia el calendario original. Una regla reciente del Departamento de Seguridad Nacional, o DHS, habría sustituido ese sistema por períodos fijos de admisión. Sin embargo, un tribunal federal aplazó la entrada en vigor de la regla en todo el país el 14 de septiembre de 2026. Por ahora, la duración del estatus sigue vigente.
¿Qué significa “D/S”?
“D/S” es la abreviatura de duration of status, o duración del estatus. Cuando aparece en el I-94, generalmente significa que la persona puede permanecer en Estados Unidos mientras realiza la actividad autorizada para su categoría migratoria y continúa cumpliendo los requisitos aplicables.
Para un estudiante F-1, esto suele incluir el programa de estudios autorizado, cualquier capacitación práctica debidamente aprobada y el período de salida correspondiente. Para un visitante J-1, normalmente abarca la participación en el programa indicado en el DS-2019 y el período de salida aplicable. Las reglas exactas dependen de la categoría y de las circunstancias individuales.
La vigencia de la visa no es lo mismo que el período autorizado de estadía
Una confusión frecuente es pensar que la visa y el estatus migratorio son lo mismo. La visa es, principalmente, un documento de viaje que permite solicitar entrada a Estados Unidos. El I-94 registra la categoría y el período de admisión otorgados después de la entrada.
Por eso, una visa puede vencer mientras el estudiante o visitante de intercambio continúa legalmente en el país. El vencimiento de la visa no pone fin automáticamente a un período válido de estadía. Sin embargo, si la persona sale de Estados Unidos, es posible que necesite una visa nueva para regresar. El I-20 o DS-2019 también debe mantenerse correcto, vigente y debidamente firmado cuando corresponda.
Duración del estatus no significa permanencia ilimitada
Este sistema ofrece flexibilidad, pero no permite permanecer en Estados Unidos indefinidamente. Una persona puede violar su estatus aunque el I-94 indique D/S. Según la categoría y las circunstancias, mantener el estatus puede requerir:
· Mantener la carga académica exigida o participar en el programa de intercambio autorizado.
· Conservar el I-20 o DS-2019 vigente y con información correcta.
· Obtener autorización antes de trabajar, iniciar capacitación práctica, reducir la carga académica o realizar otra actividad que necesite aprobación.
· Seguir el procedimiento correspondiente antes de transferirse, cambiar de nivel académico, extender el programa o modificar el programa de intercambio.
· Informar a la institución o patrocinador sobre cambios que deban registrarse, incluido un cambio de domicilio.
· Salir del país, transferirse o tomar otra medida permitida dentro del plazo aplicable después de finalizar el programa.
Los requisitos dependen de cada situación. Antes de tomar una decisión que pueda afectar el registro migratorio, el estudiante o participante debe comunicarse con su funcionario escolar designado, conocido como DSO, o con el responsable de su programa.
¿Qué sigue vigente después de la decisión judicial de septiembre de 2026?
Como el tribunal federal aplazó la regla de períodos fijos en todo el país, esta no entró en vigor el 15 de septiembre de 2026. Por ahora, las categorías F, J e I continúan bajo el sistema existente. El nuevo requisito de extensión de estadía y el período de salida reducido a 30 días previstos en la regla aplazada no están vigentes.
Para estudiantes F-1, generalmente sigue disponible el período de 60 días después de completar el programa de manera autorizada. Pueden aplicarse reglas distintas si existe retiro anticipado, terminación del registro u otra interrupción. Los visitantes J-1 suelen tener 30 días después de finalizar el programa, durante los cuales no están autorizados a trabajar ni participar en las actividades del intercambio. Siempre deben revisarse los documentos y las circunstancias particulares antes de depender de un período de salida.
Por qué sigue siendo esencial mantener los documentos en orden
La decisión judicial preservó el sistema actual, pero no flexibilizó las obligaciones para mantener el estatus. Conviene revisar periódicamente el I-94, el pasaporte, el I-20 o DS-2019 y cualquier autorización de empleo. Los errores y datos desactualizados suelen ser más fáciles de corregir cuando se detectan temprano.
Tampoco se debe depender únicamente de la visa o de la fecha de finalización del programa. La estadía legal depende del cumplimiento continuo de las reglas de la categoría, no de un solo documento considerado de forma aislada.
El sistema actual todavía puede cambiar
El tribunal aplazó la regla mientras continúa el litigio; no la canceló definitivamente. El gobierno puede solicitar una revisión y el DHS puede iniciar otro proceso regulatorio. Por eso, estudiantes y visitantes de intercambio deben seguir fuentes confiables y cumplir las reglas que se encuentran vigentes.
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